¿Qué estudios ambientales realiza el Tren Maya?

El Proceso de la MIA consiste en:

¡Presentar la MIA ante SEMARNAT.

SEMARNAT realiza la Evaluación del Impacto Ambiental.

Se autoriza o se rechaza el Proyecto. En caso de ser autorizado, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) debe verificar el cumplimiento de los términos y condicionantes establecidos.

La Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) consiste en un Estudio de Impacto Ambiental, el cual es presentado ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

 

Dicho estudio está conformado por:

  • Descripción del proyecto o actividad a realizar
  • Desglose del proyecto o actividad en sus partes elementales
  • Descripción del estado que caracteriza al ambiente, previo al establecimiento del proyecto
  • Elementos más significativos del ambiente
  • Ámbito de aplicación del estudio de Impacto Ambiental
  • Identificación de impacto
  • Alternativas
  • Identificación de medidas de mitigación
  • Valoración de impactos residuales
  • Plan de vigilancia y control

Una vez presentado el Estudio de Impacto Ambiental, la SEMARNAT realiza la Evaluación de Impacto Ambiental, que es el procedimiento en el cual se establecen las condiciones que regirán la realización de obras que podrían causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites establecidos en las disposiciones para proteger el ambiente; así como preservar y restaurar los ecosistemas con el fin de evitar o, en su caso, reducir los efectos negativos sobre el ambiente.

La MIA y el Tren Maya

Fonatur ingresó el día 16 de junio de 2020 la Manifestación de Impacto Ambiental en su modalidad Regional (MIA-R), para la construcción y operación de la vía férrea y obras asociadas del proyecto Tren Maya, en la ruta Palenque, Chiapas, a Izamal, Yucatán -correspondiente a los tres primeros tramos- ante la Semarnat.

 

El 12 de noviembre, Fonatur entregó oficial en formato físico la información adicional requerida, que consistió en 37 carpetas con un peso en formato digital de 1 TB incluyendo información cualitativa, cuantitativa y planos.

 

El 30 de noviembre la DGIRA emitió la resolución positiva a la MIA-R de la Fase 1 del Proyecto de Desarrollo Tren Maya.

 

Consta de 504 fojas y fue notificada a Fonatur el 1 de diciembre. Puedes consultarla aquí:

**Las demás MIAs se encuentran en proceso de integración para su presentación ante SEMARNAT.

La estructura de la MIA presentada por Fonatur es:

 Presentación de los responsables del proyecto——–Información legal para atender avisos de la SEMARNAT

Descripción de las obras o actividades y, en su caso, de los programas o planes parciales de desarrollo. ——–Aquí podrás conocer todo sobre la obra. La ubicación, las descripciones de procesos y los programas de trabajo.

Vinculación con los Instrumentos de Planeación y Ordenamientos Jurídicos aplicables. ——–Las obras son vigiladas por los tres órdenes de gobierno, bajo una multitud de leyes y reglamentos. Todas las obras se hacen al amparo de la ley.

Descripción del sistema ambiental regional y señalamiento de tendencias del desarrollo y deterioro de la región. ——–Revisa el diagnóstico ambiental de la zona previamente impactada por donde irá la vía del tren. En esta fase el tren recorre los derechos de vía del ferrocarril con décadas de antigüedad.

Identificación, caracterización y evaluación de los impactos ambientales, acumulativos y residuales del sistema ambiental regional. ——–La obra toma en consideración todos los posibles riesgos para el entorno y trabaja para controlarlos y mitigarlos. Así se protege al ambiente.

Estrategias para la prevención y mitigación de impactos ambientales, acumulativos y residuales del Sistema Ambiental Regional.——–Conoce todos los planes que el equipo del Tren Maya opera para proteger a los ecosistemas. Aquí podrás conocer de los Planes de protección de flora y fauna, del subsuelo, recursos hídricos entre otros..

Pronósticos ambientales regionales y evaluación de alternativas.——-Puedes revisar el análisis que muestra cómo el Tren Maya “el proyecto TM-Fase 1 se ajusta a lo establecido en el artículo 35 de la LGEEPA, en términos de que los posibles efectos de las actividades del mismo, no pondrán en riesgo la estructura y función de los ecosistemas descritos en el área de influencia y el SAR”.

Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan los resultados de la manifestación de impacto ambiental.——-Consulta toda la metodología detrás de este trabajo.

Cientos de técnicos ambientales trabajaron por más de un año para preparar el diagnóstico medioambiental más completo que nos permite controlar los riesgos posibles a este proyecto.

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